El juez Peinado envía a Begoña Gómez a juicio con jurado popular por tráfico de influencias y malversación

El juez Peinado envía también a juicio a la asesora de Gómez en Moncloa, Cristina Álvarez, por un delito de malversación, según consta en un auto dictado a escasos días de su jubilación.

El juez Juan Carlos Peinado ha acordado enviar a la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, a un juicio con jurado popular como acusada de cometer delitos de malversación de caudales públicos y tráfico de influencias. Así lo acuerda el instructor en un auto dictado días antes de su jubilación forzosa, que tendrá lugar el 27 de septiembre. En su escrito, Peinado acuerda igualmente enjuiciar a la asesora de Gómez en Moncloa, Cristina Álvarez, por un delito de malversación.

A lo largo de una resolución de 67 folios, el magistrado Juan Carlos Peinado incide reiteradamente en que cuenta con el respaldo de la Audiencia Provincial de Madrid, que en julio avaló el procesamiento de Gómez por tráfico de influencias y malversación —este último delito relacionado, por un lado, con la apropiación de un software financiado por la Universidad Complutense de Madrid y, por otro, con la utilización de su asesora para «fines privados»—. 

El escrito de Peinado repasa extensamente los hechos que forman parte de la causa: desde el impulso a la carrera de Gómez en la UCM a partir de la llegada de Pedro Sánchez a la Presidencia del Gobierno, hasta el uso del software de la Complutense en un dominio privado, así como la utilización de los servicios de Álvarez con «fines privados«, pese a estar financiados públicamente. 

Una vez finalizado ese relato de hechos, el juez expone las conclusiones. «De la secuencia cronológica expuesta resulta, indiciariamente, que María Begoña Gómez Fernández habría venido aprovechando su proximidad al presidente del Gobierno para impulsar su proyección profesional en el entorno de la Universidad de Complutense», expone el instructor. 

Después precisa que la esposa de Sánchez logró «una interlocución singular con responsables de una universidad pública, con empresas patrocinadoras y con entidades del sector tecnológico». Al mismo tiempo, Gómez «recababa apoyo, financiación, colaboración y respaldo institucional y empresarial» para crear la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva (TSC). Todo ello se integra, a juicio de Juan Carlos Peinado, en «el delito de tráfico de influencias».

Del mismo modo, el instructor apunta que se ha cometido malversación en tanto que Cristina Álvarez, «personal eventual de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, habría intervenido de manera continuada en actividades ajenas a las funciones propias de su puesto». Se refiere al «apoyo» que prestó a Gómez «en actos, reuniones, correos, convenios, patrocinios, gestiones empresariales, cuestiones económicas, y actuaciones universitarias vinculadas a la cátedra y al software«. 

Ello lleva al juez a concluir que Gómez «destinó a usos privados, y en beneficio propio, la fuerza de trabajo de una empleada pública retribuida con cargo a los Presupuestos Generales del Estado». Una actuación que «presenta elementos susceptibles de subsunción en el delito de malversación, en cuanto revela una posible desviación de recursos públicos para fines distintos a aquellos a los que estaban legalmente destinados«. 

Sobre el software, el juez Peinado apunta que este se desarrolló «en el seno de la cátedra, con participación de empresas colaboradoras, recursos universitarios y apoyo institucional». Sin embargo, Gómez aseguró «el control privado de los signos identificativos» del mismo, «el dominio transformatsc.org y la posterior sociedad Transforma TSC S.L». De modo que «el activo tecnológico» quedó «alojado en una web de denominación coincidente con la mercantil de su exclusiva titularidad, sin comunicación a la universidad ni a las entidades colaboradoras». 

Dos delitos, en lugar de cuatro

Se trata de la segunda ocasión en la que el instructor Juan Carlos Peinado dicta un auto de apertura de juicio oral contra la esposa del presidente Pedro Sánchez. Ya lo hizo en juicio, pero en esa ocasión incluía también delitos de apropiación indebida y corrupción en los negocios. Además, en la anterior resolución acordó retirar los pasaportes de Gómez y Álvarez, así como prohibirles salir del país. 

Aquella resolución fue revocada en julio por la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid, que avaló el procesamiento de Begoña Gómez, pero solo por los delitos de malversación y tráfico de influencias. La resolución de la instancia superior obligó a Peinado a repetir de nuevo el proceso, excluyendo en esta ocasión la corrupción en los negocios y la apropiación indebida. 

Peinado celebró la audiencia preliminar previa a dictar el auto de apertura de juicio oral el pasado 8 de septiembre. Durante el acto procesal, las defensas de las dos acusadas y la Fiscalía solicitaron el archivo de la causa. Las acusaciones populares lideradas por Hazte Oír pidieron una condena de 13 años de prisión. Al día siguiente, el instructor se fue de vacaciones y no regresó hasta el viernes. Este lunes, seis días antes de jubilarse, ha puesto fin a la instrucción que dirige desde 2024. 

Moncloa espera que el jurado sea «ecuánime» e imparta «justicia»

En Moncloa no han tardado en «condenar» la decisión de Peinado y reiterar que, a su juicio, lo que deja claro toda la instrucción es que Begoña Gómez es «inocente». «Mantenemos nuestra plena confianza en que el jurado será ecuánime e impartirá justicia«, apuntan fuentes gubernamentales. En todo caso, desde el Gobierno quieren dejar claro que ven «arbitrariedad e injusticia» en toda la instrucción de Gómez quien, en su opinión, ha sufrido una «persecución judicial» por el hecho de ser la mujer del presidente.

Esto y que el auto de esta causa se notifique coincidiendo con un viaje internacional de Pedro Sánchez -esta vez a Nueva York por la Asamblea General de la ONU-, demuestra, a ojos del Ejecutivo, que existe una «intención política», «acoso» y «deshumanización» en la instrucción. Además, estas fuentes también aseguran que el auto se ha hecho público antes de ser notificado a las partes.

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