Los autónomos que contraten empleados para el hogar deberán cumplir estas nuevas condiciones

Los autónomos que estén planeando contratar a un empleado o empleada del hogar en 2024 deben tener en cuenta las nuevas obligaciones recogidas en el convenio que acaba de ratificarse.

Para muchos autónomos, la gestión eficiente en el negocio es esencial y hay tareas, dentro y fuera de él que debe sucontratar. Una de ellas es la limpieza de local o de su vivienda que muchas veces deja en manos de una empresa y otras de una profesional.

Hace unos días se ratificó el Convenio para las empleadas del hogar, un documento en el que se fijan diferentes condiciones que deben tener en cuenta los autónomos al contratar, como el proceso de selección, las condiciones laborales o la gestión de los salarios. Este documento, basado en el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), establece un marco legal para proteger y regularizar la situación de estas trabajadoras y trabajadores.

El Sistema Especial de Empleados del Hogar es un sector representado por las mujeres

El Sistema Especial de Empleados del Hogar incluye a todos aquellos afiliados a la Seguridad Social que trabajan realizando labores domésticas, como limpieza, cocina, planchado, cuidado de jardines, asistencia a personas mayores o enfermas, y cuidado de niños, sin importar si trabajan como internos o por horas en múltiples hogares o locales comerciales. 

Realizando una radiografía del sector, UGT señaló que, al comienzo del año 2024, había 370.688 personas registradas en el Sistema Especial de Empleados del Hogar, siendo el 96% de ellas mujeres. Esta actividad laboral presenta el mayor porcentaje de empleo a tiempo parcial, alcanzando el 52,8%, con un salario mensual bruto promedio de 981 euros, el más bajo registrado, según lo señalado por la organización.

Estas son las condiciones laborales que recoge el nuevo convenio para empleados o empleadas del hogar

En el caso que un autónomo necesite contratar los servicios de un empleado o empleada del hogar, el nuevo convenio recoge los pasos y procedimientos a seguir.

Firmar un contrato de trabajo 

En primer lugar, es necesario formalizar la relación laboral mediante un contrato escrito, del cual ambas partes deben conservar una copia firmada. La responsabilidad de este punto recae en el empleador, es decir, el autónomo, y no cumplir con este requisito puede conllevar duras sanciones.

“En caso de que el contrato no se realice por escrito, independientemente de la duración de la relación laboral, se entenderá que es de carácter indefinido, con todos los derechos y obligaciones que esto implica tanto para los empleados como para los empleadores” señalaron desde la Organización de Consumidores Usuarios (OCU). 

Se permite acordar un periodo de prueba de hasta dos meses y, después de este tiempo, el contrato puede terminar por varias razones: la renuncia del trabajador, acuerdo mutuo, fallecimiento del empleador o despido disciplinario. La reciente reforma ha ampliado la posibilidad de obtener reducción en las cotizaciones para trabajadores con discapacidad. También se han establecido bonificaciones en las cotizaciones para otras situaciones, como contratar a otro empleado durante la baja por maternidad de la trabajadora o durante los periodos de descanso maternal.

Proporcionado por autonomosyemprendedor.es – La noticia completa aquí
Carmen Moreno. – Asistente Web Digital

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